● Abierta · hasta 18/09/2026200.000 €

Subvenciones para vivienda joven en Fuenlabrada

LOCAL · FUENLABRADA · AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones ayudas vivienda joven para la prevención de la exclusión social en la ciudad de fuenlabrada 2026. jgl 29/05/2026 pto.31.1
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a jóvenes para ayudarles acceder a la vivienda, previniendo así su exclusión social. Está dirigida a personas físicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia ayudas económicas para jóvenes que no desarrollan actividad económica en Fuenlabrada

A quién va dirigida

Jóvenes adultos sin trabajo o negocio propio

Requisitos

  • Tener entre 18 y 35 años (ambos incluidos).
  • Ser titular del contrato de alquiler o propietario/a de una vivienda en Fuenlabrada.
  • Estar empadronada con al menos 3 meses ininterrumpidos.
  • La Renta del ejercicio 2024 no podrá superar cinco veces el IPREM anual de doce pagas (36.000,00 €).
  • El contrato de suministro o abono de los consumos corresponda a la vivienda habitual.
  • Estar al corriente con el Ayuntamiento y cumplir obligaciones fiscales y tributarias.
  • No tener vinculación familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Las usufructuarias no podrán ser beneficiarios.
  • Justificar los ingresos económicos percibidos en 2024 mediante Certificado del IRPF o documentación equivalente
  • Presentar un contrato de alquiler o nota simple actualizada de la finca para comprobar la titularidad del inmueble
  • Aportar facturas de entidad suministradora de electricidad y/o gas con sus justificantes de pago
  • Declaración responsable sobre percepción de otras subvenciones o ayudas
  • Certificado bancario de la cuenta corriente para efectuar el ingreso de la subvención
  • Justificar ante el Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria
  • Proceder al reintegro de fondos en supuestos contemplados por la Ley General de Subvenciones
  • Comunicar cambios de datos durante el periodo susceptible de control
  • Permitir la incorporación de medidas de control o monitorización del IMVF

Gastos subvencionables

  • Gastos de las facturas emitidas y pagadas de luz y/o gas, incluido IVA, desde el 13 de septiembre de 2025 al 18 de septiembre de 2026.
  • Recibos de luz y gas correspondientes al periodo comprendido entre el 13 de septiembre de 2025 y el 18 de septiembre de 2026

Criterios de valoración

  • El nivel de Renta de la Unidad de Convivencia se calcula sumando los ingresos brutos anuales de todos los miembros empadronados mayores de 18 años
  • La cuantía de la subvención es un porcentaje del total de recibos de luz y gas presentados, con límites máximos en cuantía y porcentaje según el nivel de ingresos brutos anuales

Documentación a presentar

  • Instancia de solicitud (Anexo I).
  • Identificación mediante DNI o NIE.
  • Documentación relativa a la fuente de ingresos (Certificado del IRPF, Confirmación de la Declaración de la Renta, Informe de Vida laboral, etc.).
  • Documento consentimiento informado para recabar datos de otras Administraciones y para el tratamiento de datos.
  • Contrato de alquiler o nota simple actualizada de la finca.
  • Certificado del IRPF del 2024 emitido por la AEAT
  • Contrato de alquiler o nota simple actualizada de la finca
  • Facturas de entidad suministradora de electricidad y/o gas con sus justificantes de pago
  • Declaración responsable sobre percepción de otras subvenciones o ayudas
  • Certificado bancario de la cuenta corriente

Condiciones económicas

El crédito se podrá incrementar en 50.000 € adicionales si se agota la dotación inicial, según el artículo 58 del RD 887/2006.; La subvención se calcula como un porcentaje del total de recibos de luz y gas presentados. Existen límites máximos en cuantía y porcentaje según el nivel de ingresos brutos anuales, con prioridades para ciertos grupos de renta.; El Ayuntamiento puede realizar comprobaciones sobre el destino y aplicación de las subvenciones. Los datos personales pueden ser utilizados para estudios agregados o individuales relacionados con la finalidad pública de la ayuda.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Jóvenes adultos sin trabajo o negocio propio
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El crédito se podrá incrementar en 50.000 € adicionales si se agota la dotación inicial, según el artículo 58 del RD 887/2006.; La subvención se calcula como un porcentaje del total de recibos de luz y gas presentados. Existen límites máximos en cuantía y porcentaje según el nivel de ingresos brutos anuales, con prioridades para ciertos grupos de renta.; El Ayuntamiento puede realizar comprobaciones sobre el destino y aplicación de las subvenciones. Los datos personales pueden ser utilizados para estudios agregados o individuales relacionados con la finalidad pública de la ayuda.. Presupuesto total: 200.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: PUBLICACIÓN DESDE DÍA SIGUIENTE. Fin: 18/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.